El proceso disciplinario en contra de los y las magistradas de la Corte de Apelaciones de San Pedro Sula representa una lesión a la independencia judicial y cierra espacios a la libertad de asociación y expresión de los jueces.
Al conocer del proceso disciplinario el magistrado Armando Lozano Martínez, quien preside la Corte de Apelaciones y las magistradas María Fátima Baide de Mena y Tirza Flores de López, solicitaron a la Dirección de Administración de Personal de la Corte Suprema de Justicia, que se archivaran las diligencias en vista que la acción prescribió, sin embargo la solicitud fue desestimada y se optó por llamar a los jueces y juezas a una audiencia de descargos.
Los magistrados y magistradas comparecieron el pasado 17 de junio a la audiencia de descargos, en donde presentaron un pliego de manifestaciones entre las que resaltan, el análisis jurídico de que el proceso disciplinario no tiene ningún sustento legal, por lo que la decisión se traduce en represalias y hostigamiento.
La magistrada Tirza Flores expresó que todo esto “trae como consecuencia una lesión a la independencia judicial y cierra espacios a la libertad de asociación y expresión de los jueces”.
En su momento los magistrados y magistrados de la Corte de Apelaciones de San Pedro Sula hicieron una relación pormenorizada sobre el proceso de descargo y han concluido que los hostigamientos y represalias se producen luego de constituirse la Asociación de Jueces por la Democracia (AJD).
En el pliego de descargos solicitaron la evacuación de algunas pruebas, así como el archivo de la citación ya que se considera que la acción está prescrita, sin embargo aún no hay una resolución a dicha solicitud.
“Prueba de esto es que no existe un término en donde la Corte Suprema de Justicia tenga que cumplir o respetar y eso trae como consecuencia que mientras ellos quieran mantener vivo éste proceso disciplinario y tenerlo sobre nosotros como una forma de intimidación, lo van a hacer”, explicó la magistrada.
Los magistrados y magistradas acusados por la Corte Suprema de Justicia de no cumplir con disposiciones emanadas por el máximo tribunal de justicia del país, consideran que de producirse la destitución de sus cargos, se estaría incurriendo en un acto inconstitucional.
Flores añadió que “esta semana vamos a presentar una acción de inconstitucionalidad en contra del artículo que se nos quiere aplicar, estamos presentando todos los recursos necesarios y a la par de eso estamos haciendo una serie de denuncias a nivel internacional”.
La magistrada Tirza Flores participó en forma independiente y solidaria en la huelga de hambre que 8 fiscales, entre ellos dos mujeres, iniciaran el pasado 7 de abril en los bajos del Congreso Nacional y que se prolongó por espacio de 38 días con el propósito de que el Ministerio Público reactivara los procesos de investigación de sonados casos de corrupción, que implican a reconocidos personajes de la vida política y empresarial del país.
La destitución sería inconstitucional
El artículo 112 de la Ley sobre Justicia Constitucional establece una causa legal de destitución y consigna que la misma “deberá producirse de inmediato”, lo cual resulta inconstitucional porque infringe:
a) El derecho de defensa contenido en el artículo 82 de la Constitución de la República
b) La garantía del debido proceso contenida en el artículo 90 de la Constitución de la República:”
c) El derecho a ser oído (entendiéndose éste no en sentido formal sino como una posibilidad real de ejercer una defensa efectiva) contenido en el artículo 94 de la Constitución de la República:
d) La garantía de inamovilidad de que gozan los jueces, juezas y magistrados(as) contenida en el artículo 317 de la Constitución de la República:
Al respecto se conoció que la Asociación de Jueces por la Democracia ha recibido la solidaridad de la Federación Latinoamericana de Jueces para la Democracia con sede en Brasil, la Asociación de Magistrados y Jueces Europeos, de la Asociación de Jueces para la Democracia de España, de la Comisión Internacional de Juristas con sede en Ginebra, Suiza y del Centro por la Justicia y el Derecho Internacional (CEJIL) con sede en Costa Rica, entre otras.
La magistrada Flores manifestó que el proceso disciplinario nace del abordaje del caso en la que está implicada la ex administradora de la aduana La Mesa, Sumaya Handal hermana del actual diputado nacionalista Johnny Handal.
“El proceso disciplinario es porque supuestamente nosotros desobedecimos una sentencia de la Corte Suprema de Justicia en la que la Corte trataba de favorecer a Sumaya Handal”, explicó.
Agregó que “nosotros no la desobedecimos, hicimos una interpretación y mantuvimos nuestra decisión independiente de que Sumaya Handal debía ser sometida a un proceso”.
Al consultarle si la posición de la Corte Suprema de Justicia obedece a una decisión política para silenciar a los magistrados y magistrados de la Corte de Apelaciones de San Pedro Sula, la abogada Tirza Flores contestó que “definitivamente yo creo que es una lesión directa al ejercicio jurisdiccional independiente que la Corte de Apelaciones de San Pedro Sula ha venido haciendo durante todos estos años”.
Sumaya Handal fue acusada por el delito de violación de los deberes de los funcionarios y complicidad en la comisión del delito de defraudación fiscal, en perjuicio de la administración pública y el Estado de Honduras.
En este caso también han sido acusados Dionisio Gutiérrez Perdomo a título de autor del delito de violación de los deberes de los funcionarios y defraudación fiscal en perjuicio de la administración pública y del Estado de Honduras.
También contra Héctor Moisés Polanco Peña y José Tiburcio Polanco Peña, en su condición de propietarios de la agencia aduanera Polanco, contra Merlin del Cid en su condición de propietaria del Bazar Nichita, todos por el delito de defraudación fiscal en perjuicio del Estado de Honduras.
Políticos y sus parientes favorecidos por CSJ
En fecha catorce de enero del año 2005 , un Juez de Letras dictó sobreseimiento definitivo a favor de todos los imputados y revocó las medidas cautelares que previamente había impuesto a éstos, contra dicha resolución la representante del Ministerio Publico y la agente titular de la Procuraduría General de la Republica interpusieron recurso de apelación.
El 17 de junio del año 2005 la Corte de Apelaciones de San Pedro Sula revocó el numeral primero del sobreseimiento definitivo dictado en fecha catorce de enero del año 2005 por el Juez de Letras de lo Penal de aquella Sección Judicial.
En lo que respecta al sobreseimiento definitivo dictado a favor de los encausados Sumaya Handal Hawit y Dionisio Gutiérrez Perdomo, por el delito de violación de los deberes de los funcionarios, La corte de Apelaciones consideró que el juez que conoció la causa debió dictar el auto de prisión correspondiente y confirmando dicho numeral en sus demás extremos.
El 17 de septiembre del año 2007, fueron otorgados por la Corte Suprema de Justicia recursos de amparo contra los encausados pero la Corte de Apelaciones procedió a dictar resolución a efecto de restablecer el derecho al debido proceso declarado como violado por la Corte Suprema de Justicia.
Por otra parte en la Corte de Apelaciones se han dictado sentencias contra personajes políticos poderosos como el caso del ex alcalde Rodolfo Padilla Suncery a quien se le dictó sobreseimiento definitivo y que la Corte de Apelaciones determinó que debía dictársele un auto de prisión e incluso se le aplicaron medidas cautelares como la suspensión del cargo.
El expediente contra Rodolfo Padilla Suncery está engavetado en la Corte Suprema de Justicia y cabe señalar que cuando la Corte de Apelaciones de San Pedro Sula dictó sentencia contra el edil, hubo una movilización de dirigentes y activistas del partido Liberal que se manifestaron en contra de la resolución emitida por los y las magistradas.