SAUL GODINEZ CRUZ
José Saúl Godínez Cruz, fue detenido el 22 de julio de 1982, por agentes encubiertos del Estado de Honduras, en el desvió de Santa Elena, en la carretera entre Choluteca y Monjaras, cuando se conducía en una motocicleta -a las 6:20 de la mañana- rumbo al Instituto Prevocacional Julia Zelaya en la comunidad de Monjarás, donde trabajaba como maestro.
Un testigo ocular relató que un hombre vestido de militar acompañado de dos hombres vestidos de civil lo detuvieron y junto a su motocicleta lo subieron a un carro doble cabina sin placas. La casa de Godínez había sido vigilada previamente por agentes de investigación.
El 17 de agosto de 1982, su madre Alejandrina Cruz, interpuso un recurso de Habeas Corpus en su favor, que posteriormente fue denegado, a pesar que el juez ejecutor en su informe le comunica a la Honorable Corte Suprema de Justicia que constató en los libros de control de detenidos que el 22 de julio fue detenido Saúl Godínez Cruz.
El 30 de agosto de 1982, Alejandrina Cruz, interpuso un nuevo recurso en contra de la DNI que fue rechazado el 06 de septiembre de 1982.
El 09 de octubre de 1982, Enmirida Escoto de Godínez (esposa de Saúl) interpuso una denuncia penal en el Juzgado Primero de Choluteca, a la fecha no se ha dictado resolución alguna.
El 04 de julio de 1983, varios familiares interpusieron un nuevo recurso de Exhibición Personal a favor de Saúl Godínez, que fue rechazado el 11 de septiembre de 1984.
Su Esposa Enmirida Escoto de Godinez se presentó a la Delegación de la Fuerza de Seguridad Pública basada en Choluteca y rectorada por el coronel Marco Antonio Matute Lagos, a solicitar información sobre los hechos y se limitaron a decirle que no había sido detenido.
El caso fue conocido por la Corte Interamericana de Derechos Humanos el 24 de abril de 1986. El 20 de Enero de 1989, La Honorable Corte de Derechos Humanos encontró responsable al Estado de Honduras de haber violado, en perjuicio de Saúl Godínez Cruz, los deberes de respeto y garantías de los derechos fundamentales.